viernes, 13 de mayo de 2022

Administración Pública (Acercamiento Preliminar)

 Elaborado por :

Jaime Gabriel Molina

Yahaira Nahomy Pocasangre 

Erick Orellana Valladares

UNIDAD 1 

ADMINISTRACION PÚBLICA (ACERCAMIENTO PRELIMINAR)

A continuación, expondremos en este escrito, algunas nociones para introducirnos al tema de la administración pública.

El ser humanos es un ser sociable por naturaleza, vive inmerso de una cultura y para ordenar su vida y convivir con sus semejantes ha creado leyes y normas para poder organizar la vida en sociedad.

La organización de los pueblos presupone de una figura que administre, dirija y mande, por lo que la administración pública requiere de una delimitación para poder comprender su función que se asume como un servicio para regir la vida común.

Definiciones

Administración Pública del vocablo Administración, proviene del latín, administrativo-onis, ayuda o administración. Y la RAE la define como “Organización ordenada de la gestión de los servicios y la ejecución de las leyes en una esfera política determinada, con independencia del poder legislativo y el poder judicial”.

Otra definición que podríamos brindar es: “conjunto de organismos encargados de cumplir esta función pública”.

Por lo que, podemos determinar que se considera como el acto y efecto de administrar; acción que a su vez es definida como “gobernar, ejercer la autoridad o el mando sobre un territorio y sobre las personas que lo habitan”.

Elementos Esenciales

Dentro de los elementos esenciales que definen o identifican a la administración pública están los siguientes:

·         División de poderes

·         Imperio de la ley como expresión de la voluntad popular

·         Reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales

·         Sometimiento del Estado a la ley

División de Funciones

La división de funciones, no es una estructura intelectual históricamente reciente. Ya Aristóteles anotaba la existencia de tres funciones básicas en toda la comunidad políticamente organizada: “Una función deliberante, que establecía las normas, una de justicia y una de mando”.  Son funciones básicas y elementales en toda organización, cualquiera que sea su naturaleza.

Montesquieu lleva esta División de funciones, hasta el ámbito político, a través de la separación de los órganos que la ejecutan. La diversidad y complejidad de funciones desarrolladas por la Administración Publica y el gobierno, ha superado la idea del termino Órgano Ejecutivo.

Por lo que el Articulo 86 de la constitución manifiesta que: El poder público emana del pueblo. Los órganos del Gobierno lo ejercerán independientemente dentro de las respectivas atribuciones y competencias que establecen esta Constitución y las leyes. Las atribuciones de los órganos del Gobierno son indelegables, pero éstos colaborarán entre sí en el ejercicio de las funciones públicas.

Los órganos fundamentales del Gobierno son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.

Los funcionarios del Gobierno son delegados de pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley.

Función Legislativa: aquella a través de la cual se crean normas de carácter general e impersonal.

Función Judicial: acto a través del cual se juzga, se resuelven conflictos entre partes y se resuelven pretensiones.

Funciones Administrativa: toda acción de dirigir, administrar, decidir sobre situaciones concretas, emitir actos y disposiciones que busquen satisfacer el interés general, todo, dentro de los limites y competencias que la ley otorgue.


Fundamentos Jurídicos de la Administración Publica

El objeto de la Ley de Procedimientos Administrativos es regular:

1.      Los requisitos de validez y eficacia de las actuaciones administrativas de toda la administración pública

2.       Los derechos de los ciudadanos frente a la administración publica

3.      El régimen de responsabilidades patrimoniales de la administración pública y de sus funcionarios

4.      El ejercicio de la potestad normativa, así como los principios y garantías del procedimiento administrativo sancionador.

La Ley de Procedimientos Administrativos y la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, son como normas que regulan la actuación y el juzgamiento de la Administración Pública en El Salvador, no llegan a definir lo que deberá comprenderse por Administración Pública, a pesar de ser ella el principal objeto de ambas leyes. Sin embargo, de su texto es posible abstraer una clara concepción de lo que, para nuestro sistema es la administración pública.

UNIDAD 2

RELACIONES DEL PERSONAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Derecho a la Estabilidad Laboral

Todas las personas deberíamos de tener un trabajo digno, en donde se nos respete nuestros derechos como trabajadores, sin embargo, hoy en día existe muchas desigualdades laborales, más que todo en los puestos laborales públicos, porque en muchas ocasiones a las personas se les otorga puestos laborales por el mal llamado “cuello” y no por su capacidad. Es por estas circunstancias que en muchas ocasiones los trabajadores con mas experiencia entran en recelo, o en otras veces existen personas con mayor capacidad que pueden ejercer mejor el trabajo, pero no se los dan y por eso en algunas ocasiones el trabajo no se desempeña de manera eficiente.  

 En El Salvador ningún otro sector laboral reconoce tan ampliamente el derecho a la estabilidad laboral como en el público. Ello en virtud del establecimiento de la carrera administrativa –también conocida como servicio civil– a partir de la misma Constitución de la República.

La estabilidad laboral implica que los empleados y las empleadas dentro del servicio civil no pueden ser objeto de despido o destitución salvo por las causas establecidas por la ley y siguiendo los procedimientos legalmente diseñados para tales efectos.

De igual modo, este derecho protege a las personas trabajadoras contra cualquier tipo de traslado o descenso de categoría que se ordene de manera arbitraria por parte de una determinada institución pública.

Al respecto, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha sostenido en su jurisprudencia que: “el derecho a la estabilidad comparte la naturaleza del derecho del cual se origina – el derecho al trabajo-, en el sentido que ambos obedecen a razones de justicia, libertad e igualdad.

Esto porque, tanto en el ámbito privado como el servicio público, es posible que el empleador –patrono o Estado- pueda, mediante actos arbitrarios, lesionar el contenido del derecho, sea privando sin justa causa, limitando o sometiendo a condiciones irrazonables de ejercicio la puesta en práctica de la capacidad del trabajador para exteriorizar su energía física y psíquica.

En muchos órganos del estado, o entidades municipales, se realizas despidos arbitrarios, que en muchas ocasiones los que gozan de un puesto más alto pueden tomar de decisiones poco coherentes, o con preferencia arbitraria, y eso puede conllevar a que las personas queden despedidas injustamente, es por eso que las personas trabajadoras deben de conocer muy bien la ley para poderla utilizar en su defensa en un caso de estos.

OBLIGACIÓN PARA LA PERSONA TRABAJADORA: el empleado o empleada deberá reintegrar a su empleador o empleadora el importe de los daños y perjuicios que le cause por todo incumplimiento del contrato de trabajo (Artículo 52 Código de Trabajo). La cuantía y forma de pago de este importe serán establecidas por el tribunal competente en materia laboral.

Terminación de contrato con responsabilidad para el empleador o empleadora: el Artículo 53 del Código de Trabajo, destaca las siguientes causales para que opere esta forma de terminación:

 Cuando sin mediar justa causa, el empleador o empleadora reduzca el salario al trabajador o trabajadora, o realice cualquier acto que produzca ese mismo efecto, o lo traslade a un puesto de menor categoría, o lo destine al desempeño de un trabajo de naturaleza distinta a la del convenido en el contrato. Estas causas dejarán de tener efecto después de 30 días de ocurrida la reducción, el traslado o destinación respectivos.

 Por engañar la persona empleadora al trabajador o trabajadora, al tiempo de celebrarse el contrato, acerca de las condiciones en que deberían realizarse las labores. Esta causa también dejará de 31 tener efecto después de 30 días laborados por el trabajador o la trabajadora en la empresa o establecimiento, contados a partir de aquel en que se inició la prestación de servicios.

Terminación por mutuo consentimiento y renuncia:

con base en el Artículo 54 del Código de Trabajo, el Contrato Individual de Trabajo termina por mutuo consentimiento de las partes, o por renuncia de la persona trabajadora, siempre y cuando estas causales consten por escrito. La renuncia tiene un carácter automático, es decir, produce sus efectos sin necesidad de la aceptación de la persona empleadora. De acuerdo a la Constitución (Artículo 38 ordinal 12º) empleadores y empleadoras tienen la OBLIGACIÓN de pagar a la persona que renuncia una prestación económica, según las condiciones que se establezcan por ley. Sin embargo, ante la falta de esa ley que permita materializar este derecho, la realidad es que no ha habido forma de exigirlo y la práctica generalizada, tanto en el sector público como en el privado, es que no se garantiza esta prestación económica. La Sala de lo Constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa la emisión de una ley que regule la indemnización a que se refiere el Art. 38 ordinal 12°

Como conclusión; es necesario puntualizar que cualquier destitución, remoción, despido, traslado o descenso de categoría que no se realice en atención a lo dispuesto por la Ley de Servicio Civil, la Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa o el Código de Trabajo –según corresponda en cada caso– constituirá un DESPIDO ARBITRARIO.

Sea cual sea el motivo de despido o renuncia de cualquier órgano del estado, municipal o/y privada, lo más importante en estos casos es hacer valer la ley, y sobre toto llegar a un mutuo acuerdo entre las partes involucradas. Y de esa forma evitar sanciones y dolores de cabeza causadas por una mala práctica de la ley o por no conocer muy bien sobre ella.

UNIDAD 3 

FINANZAS PÚBLICAS

INGRESOS DEL ESTADO

Los ingresos son los recursos que obtiene el Estado por la recaudación de tributos como el Impuesto a la Renta, el IVA; por la venta de bienes, como del petróleo y sus derivados; transferencias y donaciones que se reciben; el resultado operacional de las Empresas Públicas entre otros.

Los ingresos públicos son los recursos que recibe el Estado desde tres posibles fuentes:

1-    Tributos como: Impuestos, tasas, contribuciones especiales que pagamos los que vivimos en El Salvador.

 

v  Impuestos: Como la Renta el IVA

v  Tasas: como el pago que se hace en el aeropuerto al salir del país

v  Contribuciones especiales: Como el FOVIAL, que se paga al comprar bebidas alcohólicas y cigarrillos

 

2-    LAS EMPRESAS PROPIEDAD DEL ESTADO, como CEPA, CCL y ANDA deben entregar por LEY el 25% de sus utilidades al Estado, cada año; El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) debe entregar el 100% de sus utilidades, y se hace excepción con la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) que remite las utilidades, previa solicitud de Hacienda.

 

3-    DEUDA que puede ser: pagada en más de un año (bonos y préstamos), paga en menos de un año (Letras del Tesoro LETES).

 

Los bonos y préstamos, generalmente se utilizan para desarrollar obras de infraestructura y proyectos de desarrollo social.

Las letras del Tesoro (LETES), para atender deficiencias temporales de efectivo.

Los bonos y préstamos se adquiere con entidades  bancarias locales o internacionales; Instituciones Multilaterales como el BID, el BCIE o de países amigos.

Las LETES se contratan más por inversionistas y bancos locales.

En ambos casos la Asamblea Legislativa autoriza al Órgano Ejecutivo para negociar las condiciones de cada deuda, y cuando la negociación a finalizado.

La misma Asamblea Legislativa autoriza o rechaza la contratación de la deuda

-Por mayoría calificada 56 votos para (BONOS Y PRESTAMOS)

-Por mayoría simple 43 votos (PARA LETES)

Estos fondos ingresan en el “Fondo General de la Nación”

Desde ahí se distribuirán a todos los Ministerios de modo que se vean reflejado en obras servicios que nos BENEFICIE A TODOS LOS CIUDADANOS.

DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTARIA

DECRETO Nº 3

 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

DECRETA:

DISPOSICIONES GENERALES DE PRESUPUESTOS

 Art. 1.- Las presentes Disposiciones Generales de Presupuestos serán aplicables a todas las operaciones Originadas por la ejecución del Presupuesto General a cargo de las Unidades del Gobierno Central, así como a las que se originen por la ejecución de los respectivos Presupuestos Especiales de las Instituciones Oficiales Autónomas.

2. Caso de que haya contradicción entre cualquier otra ley y las presentes Disposiciones se aplicarán estas

Últimas como ley especial.

I- PARA UNIDADES DEL GOBIERNO CENTRAL

CAPITULO I

RELACIONADAS CON OPERACIONES DE TESORERIA (73)

Facultad para efectuar descuentos

¿Cuáles son las disposiciones generales?

Constituyen el conjunto de instrucciones que regularán anualmente la ejecución y control de los presupuestos de las entidades y organismos del sector público, con sujeción a los Principios del Sistema de Administración Financiera, los Principios y las Normas Técnicas de Presupuesto y Tesorería.

¿Qué integran los Presupuestos Generales del Estado?

Los Presupuestos Generales del Estado son anuales, incluyen todos los gastos e ingresos del sector público estatal (administración central, sin incluir administración de la seguridad social, ni administraciones territoriales) y en ellos se consigna el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributo.

 

¿Cuánto es el presupuesto anual de El Salvador?

 

Diputados aprueban $7,967.7 millones para el Presupuesto General de la Nación 2022 | Asamblea Legislativa de El Salvador.

 

¿Quién hace el Presupuesto General del Estado?

La Dirección General de Presupuesto Público es el órgano de línea del Ministerio, rector del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y como tal, se constituye a nivel nacional como la más alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestaria, encargada de conducir el proceso presupuestario del Sector Público.

 

¿Cuáles son los tipos de presupuestos?

·         Presupuesto maestro

·         Presupuesto operacional

·         Presupuesto de ventas

·         Presupuesto de producción

·         Presupuesto de compras

·         Presupuesto de flujo de caja

·         Presupuesto de tesorería

·         Presupuesto de marketing

 

El Salvador análisis de Sostenibilidad fiscal

Uno de los problemas más importantes que enfrenta El Salvador en la actualidad es la sostenibilidad fiscal, bajo la concepción de que el gobierno debe tener la capacidad en el largo plazo de honrar la deuda pública, pero sobre todo recaudar los ingresos fiscales que le permitan financiar su gasto social, especialmente el destinado a los estratos de la población más pobres del país.

Desde el año 2009, la situación de la sostenibilidad fiscal se ha visto deteriorada, entre otras razones, por el bajo crecimiento de la economía salvadoreña, el impacto de la crisis internacional que provocó una caída considerable en los ingresos fiscales que llevó a financiar el gasto mediante endeudamiento, la explosiva acumulación de deuda en los últimos año del gobierno anterior, las fallas en la administración y gestión del gasto público por parte del gobierno de turno, y particularmente la deuda que se genera anualmente debido al Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP). Bajo estas circunstancias, el estado de las finanzas pública se avizora como una situación delicada en los próximos años. En la actualidad, ya existen síntomas que muestran una tendencia hacia un mayor deterioro, que de no hacerse los cambios y ajustes necesarios, seguramente se agudizará. Algunos de estos síntomas son la falta de recursos para financiar el gasto corriente habitual del gobierno lo cual se traduce en conflictividad social, la aceleración en la acumulación de deuda por emisión de Letras del Tesoro, las bajas en la calificación de riesgo, entre otras.

El estudio El Salvador: análisis de sostenibilidad fiscal presenta varios escenarios de cómo podría evolucionar la deuda pública, bajo supuestos específicos de crecimiento y tipos de interés. Se destaca, de manera implícita, la importancia de contener el acelerado proceso de acumulación de la deuda pública a través de mayores tasas de crecimiento económico, como también mediante un mejor manejo El Salvador: análisis de sostenibilidad fiscal 3 del gasto público, que se traduzca necesariamente en superávit primarios que contribuyan a la reducción de la deuda pública en el mediano-largo plazo.

La política fiscal es el conjunto de instrumentos y medidas que utiliza el gobierno para participar en la actividad económica de un país, a través de sus componentes fundamentales: los ingresos fiscales y el gasto público. Dicha participación parte del principio básico del rol del Estado: garantizar que la sociedad mejore su nivel de vida de manera permanente y alcance estadios superiores de bienestar.

Conclusión

Solo hay dos caminos para estabilizar las Finanzas públicas: a. Aumentar los ingresos: implica mejora de la eficiencia recaudatoria y aumentar tasas impositivas (sí o sí) b. Reducir los gastos: es improbable, asumiendo las necesidades imperantes. c. Aumentar el crecimiento económico de manera sostenida a tasas mayores a 6%: es más compleja, implica inversión en capital físico, tecnología, capital humano, mejora de la institucionalidad, aumentos de productividad.

Administración Pública (Acercamiento Preliminar)

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